Comunicados

Comunicado del Colectivo Pormaspostnatal  
en relación al POSTNATAL de 20 Semanas 
establecido en la Ley Orgánica del Trabajo,
los Trabajadores y las Trabajadoras

El Colectivo PORMASPOSTNATAL, organización popular que ha encabezado la lucha de las madres trabajadoras por la extensión del postnatal en nuestro país, en vista de las múltiples denuncias recibidas de madres trabajadoras que han tenido dificultades para disfrutar del POSTNATAL establecido en la LOTTT, y en aras de contribuir a la comprensión y ejercicio pleno de los derechos que protegen la Maternidad y Paternidad por parte de las trabajadoras y los trabajadores, ofrecemos la siguiente información:

Entrada en vigencia de la LOTTT: La LOTTT entró en vigencia el 7 de mayo de 2012, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.076 de la misma fecha.  Desde el 7 de mayo de 2012 la LOTTT debe ser aplicada en todos los centros de trabajo, para todos los trabajadores y todas las trabajadoras.

Disposición Final UNICA. Esta Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Derogación de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) de 1997: A partir de la entrada en vigencia de la LOTTT en fecha 7 de mayo de 2012, la LOT de 1997 queda derogada, y no puede ser aplicada en todo o en parte a ningún trabajador o trabajadora.

Disposición Derogatoria Segunda. Se deroga la Ley Orgánica del Trabajo del 19 de junio de 1997 publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.152, extraordinaria, reformada el 6 de mayo de 2011 publicada en la Gaceta Oficial N° 6.024, extraordinaria.

Plazo para la aplicación de la LOTTT: La LOTTT establece plazos de 1 a 3 años para el cumplimiento de las normas relativas a Prestaciones Sociales, Jornada de Trabajo y Organizaciones Sindicales. Las demás disposiciones, incluidas las relativas al POSTNATAL deben ser aplicadas de inmediato con la entrada en vigencia de la ley.

Aplicación del Periodo Postnatal de 20 Semanas:  La LOTTT en su artículo 336 establece para TODAS las trabajadoras un descanso de 20 semanas contadas a partir de la fecha del parto.

Artículo 336. La trabajadora en estado de gravidez tendrá derecho a un descanso durante seis semanas antes del parto y veinte semanas después, o por un tiempo mayor a causa de una
enfermedad, que según dictamen médico le impida trabajar. En estos casos, conservará su derecho al trabajo y al pago de su salario, de acuerdo con lo establecido en la normativa que rige la Seguridad Social.

El espíritu de la LOTTT de extender el reposo postnatal a 20 semanas es proteger a todos los niños y niñas hasta por lo menos los 5 meses de vida, a través de un mecanismo que les permita permanecer con sus madres, por ello todas las madres trabajadoras con bebés hasta esa edad desde el 7 de mayo de 2012 pueden ejercer a plenitud este derecho.

Aplicación del Periodo Postnatal de 20 Semanas para las madres trabajadoras que hayan iniciado el reposo postnatal antes del 7 de mayo de 2012: Aunque estas trabajadoras iniciaron su postnatal bajo la LOT de 1997, al momento de vencerse el reposo postnatal de 12 semanas que se encuentran disfrutando, sus bebés todavía no habrán cumplido 20 semanas de haber nacido, periodo que protege la nueva ley. En este caso las trabajadoras tienen derecho a 8 semanas adicionales de postnatal  una vez culmine el reposo postnatal de 12 semanas que está corriendo.

Aplicación del Periodo Postnatal de 20 Semanas para las madres trabajadoras con menos de 20 semanas de haber parido, que se encontraban disfrutando sus vacaciones antes del 7 de mayo de 2012: Aunque estas trabajadoras se encontraban disfrutando de sus vacaciones al momento de entrar en vigencia la LOTTT, sus bebés tienen menos de 20 semanas de nacidos, por lo que están cubiertas en la nueva ley. Estas trabajadoras también les corresponde el postnatal de 20 semanas, igualmente contadas a partir de la fecha de parto. 

Procedimiento para que las trabajadoras en postnatal disfruten del Postnatal de 20 semanas: Para hacer uso de este derecho, las trabajadoras que se encuentren disfrutando del reposo postnatal de 12 semanas deben dirigirse al centro del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que les corresponda a gestionar un reposo por 8 semanas contadas a partir del último día del reposo de 12 semanas. Es posible que en los centros del IVSS se le indique a la trabajadora que gestione dicho reposo unos días antes del vencimiento del reposo de 12 semanas que está disfrutando.  

Procedimiento para que las trabajadoras disfrutando vacaciones disfruten del Postnatal de 20 semanas: Para hacer uso de este derecho, las trabajadoras que se encuentren disfrutando de vacaciones deben dirigirse en cualquier momento después del 7 de mayo de 2012 al centro del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que les corresponda, a gestionar un reposo por los días que falten hasta completar las 20 semanas desde su fecha de parto.

Una vez obtenido el reposo postnatal deben dirigirse a sus lugares de trabajo para entregar el reposo. El patrono debe suspender las vacaciones de la trabajadora desde el mismo momento que esté vigente el reposo emitido por el IVSS. Las vacaciones no disfrutadas podrán ser utilizadas después que culmine el reposo postnatal de la trabajadora.  El tramite administrativo que deba realizar la empresa producto de la suspensión de las vacaciones no debe ser considerado un impedimento para que la trabajadora ejerza plenamente su derecho a un postnatal extendido.

El Colectivo PORMASPOSTNATAL no es una institución gubernamental, por lo que nuestras opiniones no deben ser tomadas como posiciones oficiales de instituciones públicas o del Gobierno Nacional. 

Colectivo Pormaspostnatal
9 de mayo de 2012

3 comentarios:

  1. Saludos. Mi situación al igual que la de muchas es que ya cumplí el postnatal segun ley derogada pero mi bebé aun no cumple los 5 meses. Acudí al SS de Barquisimeto y me dijeron que no poseen ninguna información, pero que "no le corresponde, eso es para los que nacen a partir del primero de mayo" demás es´ta decirles todas las dificultades y el trauma que nos ha ocasionado a ambas la separación. ¿Qué hacemos?¿Donde acudimos?

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  2. Mi nombre es María Eugenia Oropeza y a mi me pasa lo mismo... Pienso que este derecho es irrenunciable y la idea es proteger el periodo de lactancia, mi hija lo que toma es puro pecho y no quisiera quitarselo tan bruscamente, me confie en lo que dice la nueva ley, hasta que acudi al IVSS de Guarenas Edo. Miranda... Estamos muy afectadas mi bebé y yo...

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  3. Hola, buenas tardes, entiendo que existe la LEY DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LACTANCIA MATERNA,Gaceta Oficial Nº 38.763 del 6 de septiembre de 2007, en su Articulo 2 indica: ..."El Estado, con la participación solidaria de las comunidades organizadas, promoverá, protegerá y apoyará la lactancia materna exclusiva a libre demanda de los niños y niñas hasta los seis (6) meses de edad..." Si la LOTTT otorga 20 semanas de posnatal (que equivalen a 5 meses) pero existe esta ley que establece 6 meses de lactancia exclusiva, cual es el procedimiento que debe seguir una madre trabajadora que esta amamantando exclusivamente y a que instancia debe acudir para obtener este beneficio?

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